DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN EN MATERIA DE SOSTENIBILIDAD
SOSTENIBILIDAD Y CRITERIOS ESG
El Grupo Solventis es firmante de los principios PRI (Principles for Responsible Investment) desde el 26 de septiembre de 2019 y miembro de la PRI Association, institución que promueve la inversión responsable bajo la supervisión de UNEP Finance Initiative y la United Nations Global Compact. Asimismo, Solventis apoya los Objetivos de Desarrollo Sostenible fijados por las Naciones Unidas el 25 de septiembre de 2015 y el Acuerdo de París de las Naciones Unidas de fecha 12 de diciembre de 2015, dirigido a impulsar el logro del objetivo de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de 9 de mayo de 1992 y a reforzar la respuesta mundial a la amenaza del cambio climático.
Como consecuencia de ello y de su compromiso con la preservación del medioambiente, la sostenibilidad y los principios éticos, sociales y de buena gobernanza (ESG por sus siglas en inglés), Solventis SGIIC ha aprobado una Política de integración de Riesgos de Sostenibilidad que irá progresivamente aplicando en el proceso de inversión de las IIC y ECR gestionadas.
La consideración de estos criterios en el análisis de inversiones aporta una visión cualitativa sobre las compañías, al integrar métricas indicativas del compromiso de las empresas con los principios ESG junto con datos económico-financieros y expectativas de crecimiento. Este análisis permite reducir riesgos, así como contribuir a que el impacto de la inversión sea positivo.
Solventis apoya el acuerdo de París firmado el 12-Dic-2015
REGLAMENTO 2019/2088 SOBRE DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN RELATIVA A SOSTENIBILIDAD EN EL SECTOR FINANCIERO (SFDR)
1. La normativa SFDR requiere -al objeto de facilitar a los partícipes la evaluación del impacto de sus inversiones-, requiere que los participantes en los mercados financieros -gestores y asesores de inversión- publiquen sus políticas sobre integración de los riesgos de sostenibilidad. Asimismo, proporciona criterios uniformes para identificar el grado de sostenibilidad de cada vehículo de inversión gestionado.
2. De acuerdo con SFDR, Solventis SGIIC ha aprobado una Política de Integración de los Riesgos de Sostenibilidad y de evaluación de su repercusión sobre la rentabilidad de las instituciones gestionadas (la Política), que gradualmente está siendo incorporada en sus procesos de selección, análisis y toma de decisiones de inversión. El riesgo finalmente soportado por cada inversión dependerá, entre otros, del tipo de emisor, del sector de actividad o de su localización geográfica.
3. De acuerdo con la Política, la integración de criterios de sostenibilidad en la selección de inversiones se basa en los siguientes tres pilares:
a) la identificación de los riesgos de sostenibilidad en las empresas objeto de inversión y en el cumplimiento de determinados criterios de exclusión de empresas y sectores. Entre éstos:
i. Empresas con comportamientos contrarios a las normas internacionales, derechos humanos y normas laborales.
ii. Actividades ilegales, así como las que incrementen la huella de carbono o se centren sustancialmente en sectores que vayan contra el compromiso de protección de la vida humana y promoción de la dignidad humana. Entre éstos:
– Producción y comercialización de tabaco y bebidas alcohólicas destiladas.
– Fabricación y comercialización de armamento y munición, minas antipersonas y/o bombas de racimo.
– Pornografía.
– Empresas que tengan por objeto facilitar ilegalmente el acceso a redes o la descarga de datos electrónicos.
– Empresas dedicadas al juego -casinos, apuestas por Internet y casinos online-.
– Compañías mineras que generan más de un 30% de ingresos procedentes de carbón térmico o producen más de 20 millones de toneladas de éste al año.
– Compañías eléctricas que generan más de un 30% de energía a partir de carbón.
– Compañías eléctricas o mineras que están en proceso de desarrollo de nuevas minas de carbón o centrales térmicas.
– Compañías de extracción de petróleo.
b) un proceso de integración basado en las puntuaciones otorgadas por proveedores externos de información extrafinanciera, así como en calificaciones ESG concedidas por empresas de rating o la inclusión del emisor en índices de sostenibilidad. El análisis pretende valorar aspectos relacionados con la reputación, el buen gobierno, la integridad y el compromiso con el entorno y con los agentes económicos con los que las compañías desarrollan su actividad. Las políticas implantadas por las compañías para gestionar estas variables deben ser observables, realistas y medibles, y mostrar una evolución positiva y vocación de mejora.
Dependiendo del objetivo de cada Institución y de su grado de implicación en la aplicación de criterios ESG, se fijará para cada una de ellas una puntuación promedio ponderada y una cobertura mínima de la cartera que refleje el grado de cumplimiento de los requisitos ESG perseguidos por cada Institución. El criterio establecido se recogerá en el folleto informativo.
c) Una política de implicación basada en el ejercicio activo de la propiedad a través del voto y procesos de diálogo con el emisor. Solventis mantendrá una participación activa en las empresas en las que invierta requiriéndoles su política de sostenibilidad a fin de tener presente sus objetivos tratando de dirigir la estrategia de tales empresas, cuando sea necesario, hacia criterios ESG.
4. En relación con las principales incidencias adversas de las decisiones de inversión (PIAS) sobre los factores de sostenibilidad, a pesar de que su Política de integración de Riesgos de Sostenibilidad contempla criterios para su gestión, Solventis SGIIC no las toma en consideración ya que:
a) la Gestora no cuenta, por el momento, con procesos suficientemente sólidos para realizar el análisis de la información disponible y cuantificar, adecuadamente, el impacto previsible y real de las decisiones de inversión y del asesoramiento sobre los factores de sostenibilidad, y
b) el tamaño, naturaleza y escala de actividades de su negocio actual, no aconsejan considerar las PIAs en la toma de decisiones de inversión.
No obstante, ello no impide que en la gestión de determinados productos financieros se puedan incluir las PIAs, o algunos de los elementos que se mencionan en la Política -como las previsiones sobre diálogo y voto-, en el proceso de integración de los factores ESG en las decisiones de inversión y en el asesoramiento.